Embargo de nómina en ERTE: qué pueden retener
Pueden embargarte estando en ERTE si existe una orden, pero el cálculo debe adaptarse a tus ingresos reales durante ese periodo, no a tu sueldo normal anterior.
Calcula o revisa tu caso
Si ya tienes una retención en nómina, usa la calculadora para comprobar la parte embargable sobre tu salario neto. Después revisa el expediente concreto.
Respuesta rápida
Durante el ERTE puedes cobrar menos, prestación del SEPE, salario reducido o complementos de empresa.
Si el ingreso total no supera el SMI y es una deuda ordinaria, normalmente no debería haber cantidad embargable.
Me pueden embargar estando en ERTE
Sí. Estar en ERTE no cancela deudas ni paraliza automáticamente una orden de embargo. Lo que cambia es el ingreso real usado para calcular.
ERTE como nómina o prestación
Puede haber prestación del SEPE, salario reducido, complemento de empresa o varios pagos en el mismo mes. Hay que mirar quién paga y cuánto se percibe realmente.
Qué parte pueden embargar
En una deuda ordinaria se protege la parte equivalente al SMI y se embarga solo el exceso por tramos. Si cobras menos que antes, el embargo debe recalcularse.
ERTE con reducción de jornada
Si cobras parte de la empresa y parte del SEPE, puede que se sumen ambas cantidades para calcular el ingreso total del mes.
Cobros atrasados del ERTE
Si el SEPE paga atrasos de varios meses juntos, pide desglose por periodos para evitar que todo se trate como una sola mensualidad.
Modelo completo para pedir revisión del embargo en ERTE
Asunto: Solicitud de revisión del embargo aplicado durante situación de ERTE
D./Dña. [Nombre y apellidos], con DNI/NIE [número], trabajador/a de [nombre de la empresa o pagador], solicito mediante este escrito la revisión o información correspondiente al embargo aplicado en el mes de [mes y año].
El motivo de esta solicitud es que me encuentro en situación de ERTE y necesito que la retención se calcule sobre mis ingresos reales del periodo, incluyendo prestación, salario reducido o complementos.
Solicito que se me informe por escrito de los siguientes datos:
- Organismo, juzgado o entidad que ordena el embargo.
- Número de expediente o referencia.
- Tipo de deuda que origina la retención.
- Importe total reclamado y saldo pendiente.
- Ingreso mensual usado como base.
- Si se ha tenido en cuenta la situación de ERTE.
- Si se han acumulado salario, prestación o complementos.
- SMI, tramos y porcentajes aplicados.
- Si el pago corresponde a una mensualidad o a atrasos de varios meses.
Asimismo, solicito que se compruebe si la cantidad descontada respeta los límites legales aplicables al salario y si se ha calculado correctamente conforme a mi retribución real del periodo indicado.
En caso de haberse aplicado una cantidad superior a la legalmente embargable, solicito la corrección del cálculo y la regularización de las cantidades retenidas indebidamente.
Documentos recomendados para adjuntar:
- Comunicación del ERTE.
- Resolución o recibo de prestación del SEPE.
- Nómina del mes afectado.
- Nóminas anteriores al ERTE.
- Extracto bancario de ingresos.
- Comunicación de embargo.
- Certificado de deuda pendiente.
En [ciudad], a [fecha].
Firma:
[Nombre y apellidos]
[DNI/NIE]
[Teléfono o correo electrónico]
Otros contenidos relacionados
Preguntas frecuentes
¿Me pueden embargar estando en ERTE?
Sí, si existe orden válida, pero debe calcularse sobre tus ingresos reales durante el ERTE.
¿Si cobro menos del SMI pueden embargarme?
En deudas ordinarias normalmente no debería haber cantidad embargable.
¿Qué pasa si cobro parte de la empresa y parte del SEPE?
Puede que se sumen ambas cantidades para calcular el ingreso total del mes.
¿Pueden embargar atrasos del ERTE?
Puede ocurrir, pero conviene pedir desglose por meses y revisar el cálculo.