Embargo de nómina por costas judiciales: qué pueden reclamarte
Las costas judiciales pueden terminar en embargo de nómina si existe resolución que obliga a pagarlas y la deuda llega a ejecución. Conviene revisar la tasación de costas, intereses, pagos y saldo pendiente.
Calcula o revisa tu caso
Si ya tienes una retención en nómina, usa la calculadora para comprobar la parte embargable sobre tu salario neto. Después revisa el expediente concreto.
Respuesta rápida
Las costas pueden ser distintas de la deuda principal.
Pueden incluir abogado, procurador, peritos y otros gastos admitidos.
Aunque pagues la deuda principal, pueden quedar costas o intereses pendientes.
Me pueden embargar por costas judiciales
Sí, si las costas son reclamables, no se pagan y el procedimiento avanza a ejecución. La empresa puede recibir una orden para retener parte de la nómina.
Qué pueden incluir las costas
Pueden incluir honorarios de abogado, derechos de procurador, peritos, edictos, copias, certificaciones u otros gastos del proceso legalmente repercutibles.
Diferencia entre deuda principal y costas
Puedes haber pagado la deuda principal y aun así quedar pendiente una cantidad por intereses o costas judiciales. Por eso hace falta saldo total actualizado.
Cuándo puede llegar el embargo
Puede llegar después de una condena en costas, tasación, decreto de aprobación, ejecución o acuerdo incumplido sobre el pago.
Ejemplo de cálculo
Si cobras 1.600 € netos y el SMI es 1.221 €, el exceso es 379 €. El embargo orientativo sería 113,70 €.
Qué revisar en la tasación
Revisa procedimiento de origen, resolución que impone costas, minuta, procurador, gastos incluidos, posibles duplicidades, impugnaciones, pagos realizados y saldo pendiente.
Puede seguir el embargo solo por costas
Sí. Si la deuda principal está pagada pero quedan costas aprobadas o reclamables, puede continuar el expediente hasta cubrirlas.
Qué hacer si ya te embargan
Pide tasación de costas, orden de embargo, saldo pendiente y cálculo aplicado por la empresa. Revisa que se respeten SMI y tramos.
Modelo completo para pedir revisión de embargo por costas judiciales
Asunto: Solicitud de revisión del embargo aplicado por costas judiciales
D./Dña. [Nombre y apellidos], con DNI/NIE [número], trabajador/a de [nombre de la empresa o pagador], solicito mediante este escrito la revisión o información correspondiente al embargo aplicado en el mes de [mes y año].
El motivo de esta solicitud es que el embargo parece derivar de costas judiciales y necesito revisar la resolución, tasación de costas, cantidades pagadas, saldo pendiente y cálculo aplicado sobre mi nómina.
Solicito que se me informe por escrito de los siguientes datos:
- Juzgado u órgano que ordena el embargo.
- Número de procedimiento o ejecución.
- Resolución que impone las costas.
- Fecha de la tasación de costas.
- Honorarios de abogado incluidos.
- Derechos de procurador incluidos.
- Otros gastos o partidas reclamadas.
- Importe total aprobado o reclamado en costas.
- Cantidades ya pagadas o retenidas.
- Intereses y saldo pendiente actualizado.
- Salario neto, SMI, tramos y porcentajes usados.
- Copia o referencia de la orden de embargo.
Asimismo, solicito que se compruebe si la cantidad descontada respeta los límites legales aplicables al salario y si se ha calculado correctamente conforme a mi retribución real del periodo indicado.
En caso de haberse aplicado una cantidad superior a la legalmente embargable, solicito la corrección del cálculo y la regularización de las cantidades retenidas indebidamente.
Documentos recomendados para adjuntar:
- Nómina donde aparece el embargo.
- Sentencia, auto, decreto o resolución recibida.
- Tasación de costas.
- Minutas o desglose de partidas.
- Orden o referencia del embargo.
- Justificantes de pagos realizados.
- Cantidades ya retenidas.
- Comunicaciones del juzgado.
- Certificado de saldo pendiente.
En [ciudad], a [fecha].
Firma:
[Nombre y apellidos]
[DNI/NIE]
[Teléfono o correo electrónico]
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Preguntas frecuentes
¿Me pueden embargar por costas judiciales?
Sí, si son reclamables y el procedimiento llega a ejecución.
¿Qué son las costas judiciales?
Son gastos del proceso como abogado, procurador u otros gastos legalmente repercutibles.
¿Pueden embargarme toda la nómina?
En deuda ordinaria por costas se protege el SMI y se embarga el exceso por tramos.
¿Puedo deber costas aunque pagué la deuda principal?
Sí, principal, intereses y costas pueden ser conceptos distintos.