Embargo de nómina en periodo de prueba: qué pasa si te despiden
Pueden embargarte la nómina aunque estés en periodo de prueba. La empresa puede aplicar una orden válida mientras sigas trabajando y cobrando salario.
Calcula o revisa tu caso
Si ya tienes una retención en nómina, usa la calculadora para comprobar la parte embargable sobre tu salario neto. Después revisa el expediente concreto.
Respuesta rápida
El periodo de prueba no impide el embargo ni permite embargar más por sí solo.
Si no superas el periodo de prueba, la deuda continúa y puede llegar a otro pagador, al paro o a la cuenta bancaria.
Me pueden embargar estando en periodo de prueba
Sí. Si existe una orden válida y la empresa la recibe mientras estás de alta, puede practicar la retención.
Cómo se calcula el embargo
En deudas ordinarias se mira el salario neto del mes, se protege el SMI y se aplican tramos sobre la parte que lo supera.
Si cobras menos del SMI
Si solo cobras esa nómina y no supera el SMI, en una deuda ordinaria normalmente no habría cantidad embargable.
Qué pasa si no superas el periodo de prueba
La empresa puede aplicar el embargo en la última nómina o liquidación, pero después deja de ser pagadora. El expediente no desaparece.
Liquidación final
Puede incluir días trabajados, vacaciones generadas, pagas extra proporcionales, pluses, comisiones o atrasos. Debe aparecer desglosada para revisar el embargo.
Cambio reciente de empresa
Cuando empiezas en una empresa nueva puede haber una pausa hasta que llegue la orden. Esa pausa no significa que el embargo haya terminado.
Varios ingresos en el mismo mes
Si cobras de una empresa anterior, de la nueva, finiquito o prestación, las percepciones pueden acumularse para calcular el embargo.
Modelo completo para pedir revisión del embargo en periodo de prueba
Asunto: Solicitud de revisión del embargo aplicado durante periodo de prueba
D./Dña. [Nombre y apellidos], con DNI/NIE [número], trabajador/a de [nombre de la empresa o pagador], solicito mediante este escrito la revisión o información correspondiente al embargo aplicado en el mes de [mes y año].
El motivo de esta solicitud es que estoy o he estado en periodo de prueba y necesito revisar el cálculo aplicado sobre salario real, días trabajados, liquidación final y límites legales.
Solicito que se me informe por escrito de los siguientes datos:
- Organismo o juzgado que ordena el embargo.
- Número de expediente o referencia.
- Fecha de recepción de la orden.
- Importe total reclamado y saldo pendiente.
- Salario neto utilizado como base.
- SMI, tramos y porcentajes aplicados.
- Si se han tenido en cuenta días trabajados, vacaciones, pagas extra, atrasos o liquidación final.
- Si se acumuló algún otro ingreso.
- Copia o referencia de la orden.
Asimismo, solicito que se compruebe si la cantidad descontada respeta los límites legales aplicables al salario y si se ha calculado correctamente conforme a mi retribución real del periodo indicado.
En caso de haberse aplicado una cantidad superior a la legalmente embargable, solicito la corrección del cálculo y la regularización de las cantidades retenidas indebidamente.
Documentos recomendados para adjuntar:
- Contrato de trabajo.
- Cláusula de periodo de prueba.
- Nómina donde aparece el embargo.
- Liquidación final, si terminó el contrato.
- Comunicación de no superación, si existe.
- Orden o referencia del embargo.
- Justificantes de otros ingresos del mes.
En [ciudad], a [fecha].
Firma:
[Nombre y apellidos]
[DNI/NIE]
[Teléfono o correo electrónico]
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Preguntas frecuentes
¿Me pueden embargar en periodo de prueba?
Sí, si existe una orden válida y la empresa te paga salario.
¿El embargo cambia por estar en prueba?
No por ese motivo; depende del salario neto, SMI, tramos y orden recibida.
¿Qué pasa si me despiden en periodo de prueba?
La deuda sigue y puede llegar a otro pagador o a otros bienes.
¿Pueden embargar la liquidación final?
Puede pasar, pero debe revisarse el desglose de conceptos.